DERECHOS DE LOS PACIENTES

  1. Derecho a la confidencialidad de la información relacionada con su atención en salud, salvo por exigencias legales ineludibles.

  2. Derecho a recibir información completa y adecuada sobre el proceso de atención en salud incluyendo aspectos sobre trámites, modelos de atención. 

  3. Derecho a recibir información completa y adecuada sobre su proceso individual de salud de parte del profesional tratante. En caso de ser menor o inhábil el derecho a la información pasa a las personas legalmente responsables. 

  4. Derecho a la libre determinación, siendo preciso su consentimiento expreso para procedimientos, excepto en caso de urgencia vital, riesgo para la salud pública u orden legal. En caso de persona menor o inhábil el derecho a la libre determinación pasa a las personas legalmente responsables. 

  5. Derecho a ejercer su participación, conocer y utilizar las vías para presentar felicitaciones, sugerencias, quejas o reclamos y en general para comunicarse con la institución. 

  6. Derecho a la atención amable, discreta, digna, respetuosa, en ambiente tranquilo, limpio y confortable. 

  7. Derecho a su atención con personal calificado y con recursos técnicos adecuados. 

  8. Derecho a conocer los nombres de los profesionales que lo tratan, derecho a la libre elección del profesional dentro de la red disponible en la institución. 

  9. Derecho a recibir o rehusar apoyo moral o espiritual, cualquiera sea el culto que profesa. 

  10. Derecho a agotar las posibilidades razonables de atención de su enfermedad y a recibir toda la ayuda necesaria para su preparación digna ante la muerte. 

DEBERES DE LOS PACIENTES

  1. Colaborar en el cumplimiento de las normas e instrucciones establecidas en la institución. 

  2. Responsabilizarse por la solicitud y utilización adecuada de las prestaciones ofrecidas por el sistema de salud, fundamentalmente en lo que se refiere a uso racional de los servicios, servicios farmacéuticos, suministros e incapacidades laborales. 

  3. Cumplimiento oportuno de las citas. 

  4. Seguimiento de los tratamientos instaurados, indicaciones dadas, normas de auto cuidado, recomendaciones higiénico dietéticas y de estilos de vida hechas por los profesionales de la salud. 

  5. Suministrar los soportes que acrediten su calidad como afiliado o beneficiario. 

  6. Reportar las novedades que se presenten en su grupo familiar y que constituyan causal de extinción de derecho según su plan de beneficios, tales como: cumplimiento de edad limite, perdida de calidad de estudiante, independencia económica, vinculación laboral y demás que puedan afectar la calidad del afiliado o beneficiario. 

  7. Tratar con respeto y amabilidad a los profesionales de la salud, al personal de la institución, a los otros usuarios y acompañantes. 

  8. Cuidar las instalaciones y colaborar con la conservación de instalaciones y equipos de la institución y en general con la higiene y confort de los sitios de atención. 

  9. Expresar su consentimiento para las atenciones que lo requieran, firmar los documentos de alta voluntaria o no aceptación de tratamiento cuando haya tomado esa opción. 

  10. Utilizar adecuada y razonablemente las vías de reclamación y sugerencias.

  11. Velar por el cumplimiento de sus derechos